ORIGEN
Esta conmemoración surge a partir de la necesidad de que los países promuevan
y aborden la prevención del abuso sexual en niños y personas jóvenes dado el
alto riesgo y los altos índices de este problema en el mundo. En todo el planeta
numerosos niños, adolescentes y adultos son víctimas de abuso sexual,
conductas sexuales inapropiadas y explotación, situación en que las niñas corren
mayor riesgo de sufrir relaciones sexuales forzadas o ser víctimas de explotación
sexual y violencia.
DESCRIPCIÓN
La Superintendencia de Educación definen que, para efectos de la normativa
educacional, “constituyen agresiones de carácter sexual aquellas acciones
proferidas a un/a integrante de la comunidad educativa por uno/a de sus
integrantes o un tercero, sin el consentimiento del o la afectada, que se
materialicen por cualquier medio, incluso digitales, como internet, celulares,
redes sociales, entre otras, dentro o fuera del establecimiento educacional y que
provoquen un daño o aflicción”.
Para el abordaje del abuso sexual de niños y adolescentes, es relevante que las
comunidades educativas, en sus protocolos de actuación, diseñen y difundan los
procedimientos que se establecerán para estos casos, ya sea para la primera
acogida, la denuncia y la derivación de estas situaciones a los organismos
correspondientes (Oficinas Locales de la Niñez, Carabineros de Chile, PDI y/o
fiscalía) y tengan presente que, de acuerdo con el Código Penal, es deber de
los establecimientos educacionales efectuar la denuncia.
Es necesario que las comunidades educativas consideren que el abuso sexual no
solo se da mediante contacto físico, pues la comunicación mediante formatos
digitales también son espacios en los que la violencia sexual puede configurarse.
El abuso sexual y el estupro son una forma grave de maltrato infantil, por ello
estas situaciones deben abordarse desde la prevención y ser detenidas de
manera eficaz y decidida, no solo desde el punto de vista normativo, sino que
también formativo, educando personas que respeten los límites de cuidado de
otra persona.
Respecto de la normativa vigente es relevante señalar que la ley de convivencia
y buen trato (Ley N°21.809, en su artículo 1, numeral 10, literal j), establece
responsabilidades para las comunidades educativas para sumar a sus protocolos
de actuación, acciones y procedimientos para la prevención y el abordaje en
casos de violencia física y sexual.
VIERNES 19 DE JUNIO: DÍA MUNDIAL PARA PREVENCIÓN DEL ABUSO SEXUAL
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Date & Time:
- junio 19, 2026